PROPONER, al Consejo Universitario, que precise que la Disposición Complementaria Única del Reglamento General de Investigación, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 0106-2022-CU-UNJFSC, se extiende y se aplica para todo el Equipo de Investigación, en donde se encuentran comprendidos el Coordinador General del Equipo, los miembros y los colaboradores del equipo de investigación, quienes no podrán tener parentesco con el Jurado Evaluador hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.